Cuando los dos o uno de los miembros de un matrimonio decide que quiere acabar con ese enlace, existen dos formas legales posibles de hacerlo. Una es la separación judicial y otra el divorcio. ¿Sabes que implica cada una de ellas? A continuación os explicamos las principales diferencias entre ambas.
Con la separación judicial se interrumpe el vínculo que ha existido entre los dos cónyuges, congelándose o paralizándose tanto los derechos como las obligaciones que el matrimonio conlleva. No obstante, si ese matrimonio decide reconciliarse, solo tendrá que comunicárselo al juez para que anule la separación y volver a estar casados. Mientras que el divorcio es una situación irrevocable, implica la disolución permanente del matrimonio y si la pareja decide reconciliarse, tendrá que volver a casarse para ser marido y mujer.
Sin embargo, tanto si el divorcio como la separación se solicitan tres meses después de celebrada la boda, no es necesario justificar ningún motivo, sin embargo, si se hace antes de este plazo el cónyuge que lo solicita deberá demostrar que el otro lado de la pareja ha puesto en peligro su vida o ha vulnerado su honor.
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