Tipos de testamentos y herencias

Tipos de testamentos y herencias

¿Qué es el testamento?

El testamento es un documento mediante el cual una persona (testador) dispone de sus bienes a favor de determinadas personas (herederos o legatarios) para después de su fallecimiento, pudiendo incluir también otras cláusulas o disposiciones de carácter no patrimonial. El testamento es lo que se llama un acto mortis causa, que significa que surte efectos a partir del fallecimiento del testador y nunca en vida del mismo.

Si alguien fallece sin testamento, se abrirá la denominada sucesión intestada, que implica que heredarán los bienes de la herencia las personas que obligatoriamente determina la Ley con arreglo a un orden sucesorio, en el que los llamados a heredar en primer lugar excluye a los llamados en segundo lugar, y así sucesivamente.

Tipos de testamentos y herencias

Mucha gente no conoce cuáles son los tipos de testamentos y herencias que existen. Una de las particularidades más importantes en el tema de las herencias es que éstas pueden aceptarse de forma pura, de manera que ambos patrimonios –el del heredero y el del fallecido- se unen, o mediante la aceptación a beneficio de inventario en el que solo heredamos la parte neta, una vez descontados los impuestos.

Para saber cuál nos viene mejor es bueno consultar con abogados especializados como los del RG Abogados. En ese sentido, hay que recordar que el testamento debe estar firmado ante notario y depositado en el Registro General de Actos de Última Voluntad para que tenga validez. En el caso de haber más de uno, será el último testamento el único que se aplicará.

Hay herederos voluntarios que son aquellos a los que decidimos libremente dejarle nuestro patrimonio y herederos forzosos que son aquellos a los que por lazos familiares la ley nos obliga a dejarle la herencia. Para evitar que un heredero forzoso reciba su parte tendremos que argumentar alguno de los siguientes supuestos: falta de alimentos sin motivo al titular que deshereda, comisión de un delito contra el potencial fallecido, incumplimiento de los deberes conyugales o familiares o bien que sea un caso en que la patria potestad esté en entredicho. Solo en estos supuestos podremos evitar que hijos o cónyuges reciban su parte de la herencia.

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